Honorarios Servicio Alquilar una Propiedad
Nuestros honorarios son de una mensualidad de renta de alquiler que abonará el ARRENDADOR. Los honorarios serán incrementados con el porcentaje de IVA aplicable
Nuestros honorarios son de una mensualidad de renta de alquiler que abonará el ARRENDADOR. Los honorarios serán incrementados con el porcentaje de IVA aplicable
Una vez expirado el plazo de vigencia del contrato de prestación de servicios, el comprador, inversor y vendedor quedan obligados al pago del cien por cien de los honorarios que hubiesen sido pactados.
Si encuentras algo que te gusta debes comentarlo con tu Agente Inmobiliario Personal (Personal Shopper Inmobiliario), que realizará las gestiones y diligencias pertinentes con la propiedad, llevando a cabo la labor de investigación, inspección y localización y así determinar si realmente cumple con tus exigencias básicas y/o si existe algún problema real para la compra.
Si has contratado la gestión integral de la venta en exclusividad estarás obligado a abonar el 100% de los honorarios.
Si no has contrato la gestión integral de la venta en exclusividad, y decides mantener el servicio contratado de gestión integral de la venta, estarás obligado a abonar el 50% de los honorarios.
Has contratado la gestión integral de la compra, el hecho de que encuentres un inmueble por tu cuenta, no supondrá pagar menor cantidad de honorarios ya que éstos no se justifican sólo por el servicio de búsqueda sino por la gestión integral de la compra, que incluye la búsqueda, localización, selección, negociación, cierre, asesoramiento, representación y servicios de post venta.
Si eres COMPRADOR/INVERSOR se devengarán honorarios en la cuota fija preestablecida en el contrato de prestación de servicios en el caso de que no presentes ninguna oferta formal de compra y/o firmado contrato de compraventa para una propiedad. Si has presentado alguna oferta de compra y/o firmado contrato de compraventa para una propiedad serán exigibles la totalidad de los honorarios, cuota fija y variable.
Si eres VENDEDOR serán exigibles el cien por cien de los honorarios si has recibido una oferta formal de compra y/o se firma contrato de compraventa por tu propiedad. No serán exigibles en caso de no haber recibido alguna oferta de compra y/o firmado contrato de compraventa.
El contrato recoge las obligaciones y compromisos de las dos partes, y el detalle de todos los servicios contratados, el plazo de duración, los honorarios y la forma de pago.
Si eres COMPRADOR/INVERSOR, en un anexo, incluimos toda la información relativa a las características de la búsqueda de la propiedad: zona o ubicación, superficie, tipo de inmueble, requisitos mínimos como el número de habitaciones, de baños, plazas de garaje, terraza, jardín, piscina, etc., así como tu presupuesto inicial.
Si eres VENDEDOR, en un anexo, incluimos toda la información relativa a las características de tu propiedad: zona o ubicación, superficie, tipo de inmueble, requisitos mínimos como el número de habitaciones, de baños, plazas de garaje, terraza, jardín, piscina, etc., así como precio de venta del inmueble.
Si eres COMPRADOR/INVERSOR. Recibiré como contraprestación de mis servicios una cuota fija y una cuota variable preestablecida vinculada al precio final que tenga la propiedad que adquieras del 1,5%.
Si eres VENDEDOR. Recibiré como contraprestación de mis servicios una cuota variable preestablecida vinculada al precio final que tenga la propiedad que vendes del 3%.
Los honorarios serán incrementados con el porcentaje de IVA aplicable